jueves, 31 de octubre de 2013

ANIVERSARIO DEL DISTRITO DE PALLASCA: MIS CONSIDERACIONES HISTÓRICAS Y JURÍDICAS

A la memoria de mi padre, el Maestro Rafa




1.

El Decreto del 2 de enero de 1857 es considerado hasta ahora como la referencia (única con que se cuenta) acerca de lo que sería la creación del mayor número de distritos peruanos, incluido Pallasca. Así, por lo demás, aparece admitido en el minucioso y prácticamente completo Libro que Carmen Lozada publicó el año 2000 (Perú: Demarcación Territorial. Fondo Editorial del Congreso del Perú). Debo indicar, sin embargo, que la norma legal referida no dice textualmente que con ella se crea distrito alguno. Lo que hace el decreto firmado por Ramón Castilla es crear las primeras municipalidades en el Perú (que, como señala en su único Considerando, fueron "establecidas por la Constitución"), y lo hace con el propósito de formar el "Registro Cívico base fundamental de las elecciones populares, y para satisfacer las necesidades locales de la administración pública". Y, según puede desprenderse de su lectura, aparentemente, los distritos ya estaban creados al momento de su promulgación.


En el caso de Pallasca se da lo que señalo a continuación. En primer lugar, la Provincia es nombrada entonces no como la conocemos ahora sino como Conchucos, con ocho distritos (Sihuas, Piscobamba, Pomabamba, Pallasca, Cabana, Tauca, Llapo y Corongo). Nuestro Distrito (así aparece en el decreto: como Distrito y no como pueblo o parroquia, o con otra denominación política) figura con ocho Municipales, que son los miembros de la Municipalidad.


Debemos entender, en consecuencia -repito-, que los distritos no fueron creados por el decreto de Castilla, dado el 2 de enero de 1857; estos -el distrito de Pallasca incluido- debieron haber sido creados antes, tal vez muchísimo antes. Se sabe -gracias a que he tenido acceso a un documento (emitido por autoridad legítima) facilitado por nuestro paisano Ireno Aguilar- que, en el caso de Pallasca, esto debió haber sido así porque en 1849 (año de ese documento) ya era designado como Distrito.


Carezco de fuente documental que permita establecer con precisión y fehacientemente cuándo y con qué norma fue creado como tal, pero si fuera dable afirmar que los distritos, todos o casi todos, fueron creados por el solo mandato de la Constitución Política, entonces podría señalar tal vez enfáticamente lo siguiente: que el Distrito de Pallasca habría aparecido como tal ya en 1823, año en que se dio la primera Constitución de la República. Digo esto porque en su Artículo 7º establece que el territorio nacional "Se divide (...) en departamentos, los departamentos en provincias, las provincias en distritos y los distritos en parroquias". Bajo tal consideración, no resultaría, pues, descabellado pensar que uno de esos distritos pudiera haber sido el nuestro; es decir, que el año 1823, aparentemente, se habría creado el Distrito de Pallasca. Y, si hubiera sido así, la celebración de su aniversario, por consiguiente, tendría que hacerse los días 12 de noviembre de cada año, porque corresponde a la fecha en que se dio la referida Constitución Política.



2.

Empero, es necesario tener en cuenta una cosa: la Constitución de 1823, aprobada por el  Primer Congreso Constituyente del Perú, y promulgada por el presidente José Bernardo de Tagle (más conocido como Marqués de Torre Tagle), prácticamente perdió vigor apenas fue promulgada. La azarosa y tensa situación vivida entonces, cuando aún no se había dado la batalla final para asegurar, irreversiblemente, la Independencia, no le fue favorable a dicha Constitución. El propio Congreso dispuso que se suspendiera su ejecución o puesta en práctica dado lo incompatible que resultaba con el ejercicio dictatorial de gobierno para el que Simón Bolívar ya había sido autorizado el 2 de setiembre de aquel año,  como "suprema autoridad”. Solo cuando el régimen del venezolano universal acabó, pudo recuperar su vigencia; esto ya en 1827.


La “Constitución vitalicia”, que es como se llamó a la que fue promulgada durante el mandato de Bolívar (en julio de 1826) excluyó de la demarcación territorial la denominación de distritos dada anteriormente a las circunscripciones cuyo gobierno, según el artículo 124º de la primera norma constitucional de la República, correspondía a los gobernadores. Esta vez la división política consideraba departamentos, provincias y cantones. Se indicaba, asimismo, que la “división más conveniente” del territorio nacional debía hacerse mediante ley, y se disponía que “otra fijará sus limites de acuerdo con los Estados limítrofes”.


Un hecho importante que es conveniente resaltar es que Bolívar en junio de 1825 había convocado a un Congreso General para el 1º de febrero del año siguiente, a fin de que por primera vez se procediese a la realización de “las primeras elecciones parroquiales, y seguidamente las que corresponde para el nombramiento de diputados a Congreso y diputados departamentales”. Es esta disposición la que es considerada como la partida de nacimiento de las provincias en el Perú, habida cuenta que, al dárseles a sus pobladores el derecho político de sufragio e institucionalización a sus autoridades, se les otorgaba en realidad a las respectivas jurisdicciones la legítima categoría que les correspondía; porque, como hay que entender, una provincia no solo es un área geográfica con pobladores o una simple denominación, sino, repetimos, una jurisdicción, es decir un territorio con gobierno, con autoridades.


Bien, en marzo de 1828, casi dos años después de haberse alejado Bolívar, fue aprobada la que, finalmente, sería la primera más sólida y decisiva Constitución que tuvo el Perú, la que, digamos, sentó lo que habría de ser las bases constitucionales de nuestra patria o, como la denominó Manuel Vicente Villarán, “la madre de todas nuestras constituciones”. Aunque, en realidad, su permanencia fue breve, se trata de la Constitución que ratificó y consolidó el régimen interior de la República el cual quedó establecido en departamentos, provincias y distritos; es, también, hasta donde hemos podido investigar, la Constitución que inaugura, o da el mandato como primer paso, de lo que sería el sistema municipal en la República: “En toda población que por censo deba tener Colegio Parroquial, habrá una junta de vecinos denominada Municipalidad” (Art. 140º), bajo cuya autoridad está “la dirección de sus intereses locales”, sobre los cuales podrá emitir mandatos o disposiciones que “no pueden ser contrarias a las leyes ni al interés general” (Art. 141º).


En consecuencia, como ya lo dije, por el hecho de “haber nacido muerta” la Constitución dada el 12 de noviembre de 1823, es decir unos dos años y meses después de proclamada la Independencia por don José de San Martín, lo que ella dispuso respecto de la demarcación territorial que quiso consagrar (departamentos, provincias, distritos y parroquias) prácticamente no pudo hacerse realidad cuando correspondía. Este mandato recién llegó a tener vigencia a partir de 1828 que es cuando, como ya lo he señalado, también se ordenó, constitucionalmente, que se crearan las primeras municipalidades en el Perú, precisándose que la determinación del número de ellas, las reglas de su elección, y sus atribuciones, se dé mediante ley.



3.

Repito: una provincia no solo es un territorio únicamente, ni solo un nombre; es una circunscripción con instituciones políticas o administrativas y autoridades legítimamente establecidas. Lo mismo debemos decir respecto de lo que es un distrito. Y bien sabemos que distritos son “las demarcaciones en que se subdivide un territorio o una población para distribuir y ordenar el ejercicio de los derechos civiles y políticos, o de las funciones públicas, o de los servicios administrativos” (DRAE, 22ª Edición, 2001). Eso es, en buena cuenta, lo que dispuso la Constitución de 1828. Al establecer el “Régimen interior de la república”, en su artículo 134º  señala que los distritos serán conducidos por la autoridad de un Gobernador que, jerárquicamente, estará por debajo del Subprefecto. Y en el artículo 140º se da digamos la partida de nacimiento de las municipalidades al expresarse lo siguiente: “En toda población que por el censo deba tener Colegio Parroquial, habrá una junta de vecinos denominada Municipalidad”. Estas poblaciones, es decir los distritos, son lo que la anterior Constitución (la de 1826) había nombrado como “Cantones”. Por carecer de información exacta, en un momento creí que los cantones fueron lo que en el Reglamento Provisional del 12 de febrero de 1821 (firmado por José de San Martín) se llamaban “partidos”. Intuí esto porque en el punto 3 del referido Reglamento se dice que “Los jefes de partido que antes se denominaban sub-delegados, se llamarán gobernadores, y ejercerán las mismas funciones de aquellos”. Los gobernadores son autoridades no de nivel provincial, sino distrital. Pero al echar una mirada al punto 1, encontré que allí se dice esto: “El territorio que actualmente se halla bajo la protección del Ejército Libertador, se dividirá en cuatro departamentos, comprendidos en estos términos: los partidos del cercado de Trujillo…”. Donde no se presta a confusión, es en el Decreto Supremo emitido tres años después, el 21 de junio de 1825 (estando en el poder Simón Bolívar), cuyo artículo 8 señala con claridad que partidos, o corregimientos, corresponden, efectivamente, a lo que son las provincias (también se llamaban intendencias).



4.

Pero (esto es lo más importante para el propósito de este ensayo) aquí surge una imprescindible interrogante: ¿Cuándo aparecieron realmente, es decir de modo concreto, con la respectiva e inconfundible ubicación geográfica y sus fronteras, los distritos (o demarcaciones territoriales legítimamente establecidas, con sus respectivas instituciones y autoridades)?


Una Constitución Política -además, entre otras cosas,  de fijar los límites y definir las relaciones entre los poderes del Estado y sentar las bases gubernativas y de organización- dispone, genéricamente, la demarcación territorial, es decir, señala cómo una República debe estar dividida política o administrativamente. Pero la creación jurídica de cada uno de los pueblos organizados se da (o, digamos, debería darse) mediante una ley específica. Échese uno a buscar esa ley.



5.

En el caso del Perú, estos pueblos (la gran mayoría, quiero decir) ya existían cuando nació la República y gran parte de ellos tenían, obviamente, sus respectivas autoridades. Durante la Colonia no existieron propiamente las municipalidades o, mejor dicho, este nombre no fue usado para designar a los que fueron virtualmente los “gobiernos locales” de entonces. Estos gobiernos que, según las Leyes de Indias, tenían funciones de carácter político y económico y velaban por el ornato y aseo y controlaban la buena calidad de los comestibles, entre otras cosas, y hasta administraban justicia civil y penal, eran conocidos como ayuntamientos o cabildos;  existían en los pueblos con categoría de ciudad o de villa. Sus reuniones o asambleas eran de dos tipos: aquellas en que participaban solamente los integrantes de la corporación, y se llamaban cabildo cerrado, y las que contaban con la presencia activa del vecindario y su nombre era cabildo abierto.  Se hablaba de villas y ciudades, que son digamos categorías no políticas sino honoríficas que se daban, por méritos particulares, a los centros urbanos (“casco urbano”, urbe, lo opuesto a lo rural). Y no se aludía con tales términos a las áreas relativamente mayores en que pueden incluirse anexos, caseríos y parajes; es decir, todo el espacio geográfico que corresponde a lo ahora conocemos propiamente como distritos.


La respuesta a la interrogante es, pues, obvia: los distritos en el Perú aparecieron durante la etapa republicana, lo que se hizo por el expreso mandato dado en principio por la Constitución de 1823 que, aunque -como expresé al comienzo- nació sin generar efecto inmediato, lo cierto es que sus disposiciones fueron posteriormente efectivizadas (a partir de 1827). Pero también es cierto que no existe documento alguno, de carácter oficial, con el cual pueda probarse una aseveración respecto de cuántos y cuáles fueron los primeros distritos creados y cuál fue la norma específica con la que se ejecutó la prescripción constitucional. Un muy bien informado trabajo que publicó el que fuera el Ministerio de Hacienda y Comercio, a través de la Dirección Nacional de Estadística y Censos (Primera edición en 1946 y segunda, en 1968), y que estuvo a cargo del especialista Justino M. Tarazona, lo dice textualmente: “En cuanto a los distritos, a pesar de haber comenzado a figurar a la vez que las provincias, desde la Dictadura de Bolívar, no ha sido posible encontrar documento alguno oficial que haga la relación de todos ellos, sino hasta el año 1834, en que la Guía de Forasteros del Perú la consigna por primera vez en un cuadro”.



6.

"Garantía de Propiedad otorgada por el
Juez de Paz Marcos Pizarro, en 1849.
"Hijuela de Tambamba",
documento del 8 de abril de 1839.
Sin embargo, aunque en el Cuadro de la mencionada Guía de Forasteros (pág. 114) aparece Pallasca entre los distritos, existen documentos de la época en que solo se le nombra como pueblo. Uno de esos documentos es la “Hijuela de Tambamba” (lo tengo en mi poder). Veamos lo que dice (transcribo textualmente la parte inicial): “En el pueblo de S. Juan Bautista de Pallasca en ocho días del mes de Abril a mil ochocientos treinta y nueve años ante mí el Juez de Paz es presente el ciudadano D. J. Gabriel Rubiño vecino de este dichoPueblo (…)”. El documento está redactado en Papel Sellado (“Sello Sexto para los años de 1838 y 1839”, con el valor de “Medio Real”) en cuya parte superior izquierda aparece un sello con la siguiente inscripción: “Estado Nor Peruano”, en referencia al “estado libre e independiente” que con ese nombre fue creado por la Constitución del 6 de agosto de 1836 y estaba conformado por los departamentos de Amazonas, Junín, La Libertad y Lima.



7.

Ahora bien, ¿cuándo aparece la denominación oficial de distrito? El documento admisible, el único que he podido conocer hasta la fecha, en que a Pallasca ya se le nombra como Distrito, corresponde a 1849 y es el mencionado al principio de este ensayo. Se trata de un curioso o pintoresco documento (por la forma de su redacción y los inescrupulosos errores ortográficos) que es una suerte de “garantía de propiedad” que el Juez de Paz, llamado Marcos Pizarro, le otorga a un poblador pallasquino, asegurándole que “no consentirá que nadie se meta” en sus pertenencias. Lo transcribo a continuación, textualmente, es decir sin modificación alguna: “Juzgado de Paz del Distrito de Pallasca y Octubre 14 de 1849.-El ciudadano D. Jose Peres por ningún aspecto deberá soltar las tierras que tiene compradas a D. Domingo Belasques porque la escritura de secion y donacion que le hase el otro D. Jeronimo Quiñones a su hija Feliciana Quiñones está con todas las formalidades correspondientes y estar satisfecho este jusgado de esta venta no consentirá que ni D. Jeronimo ni otro ningo (sic) se meta en sus pertenencias y para su constancia le doy este Visto.-Marcos PizarroSi bien está referido a un asunto de carácter privado, se trata en realidad de un documento oficial puesto que fue emitido por autoridad legítima: un Juez de Paz. Como tal, resulta válido al menos para ratificar una cosa: el distrito de Pallasca habría sido creado antes de que Ramón Castilla firmase el Decreto del 2 de enero de 1857 que, sin embargo –repito-, es considerado hasta ahora como la partida de nacimiento no solo del nuestro sino de prácticamente todos los distritos del Perú.


Justino Tarazona, en el libro que he citado, expresa como yo lo hago ahora, que “No se conoce ninguna ley ni decreto de carácter general” que haya dispuesto que las parroquias pasaran a ser distritos; “pero –agrega- ese es el hecho que aparece de todos los documentos oficiales que datan desde la administración dictatorial del Libertador, durante el cual estuvo encomendado el mando político de los departamentos a prefectos, el de las provincias a intendentes y el de los distritos a gobernadores, según prescribía el capítulo 9º de la Constitución de 1823”. Cierto, ese es el hecho: “siguieron (continuamos con Tarazona) subsistiendo los departamentos que ya había, pasaron a ser provincias los partidos de que las constaban, y las parroquias formaron por lo común los distritos”. Eso, como muy bien dice el autor citado, “desde la administración dictatorial del Libertador” Simón Bolívar.



8.

Debo indicar, ello no obstante, que -como he podido ver en los documentos de la época, uno de los cuales es el que aquí hemos reseñado (la “Hijuela de Tambamba”)- incluso hasta varios años después de haber dejado el poder el venezolano y cuando ya había fallecido, Pallasca seguía siendo nombrado como pueblo y no como distrito. 


Sin embargo, teniendo en cuenta la “garantía de propiedad” redactada y suscrita por el Juez de Paz Marcos Pizarro, el 14 de octubre de 1849, hay razón –creo- para admitir que recién en la década del 40 del siglo XIX, Pallasca pudo haberse convertido en distrito; pero la verdad es que no hay pruebas indubitables para corroborarlo.  La Guía de Forasteros antes aludida es referencia histórica valiosa, pero -aún a pesar del escudo peruano que aparece en su portada- no tiene (hasta donde puedo entender) carácter oficial y, más aún, no da información precisa acerca de cuándo fueron creados los distritos.


Aquí surge la tercera insoslayable pregunta: ¿Cuándo exactamente ocurrió aquello: Pallasca convertida en Distrito? Imposible saberlo.



9.

La información específica con que se cuenta acerca de los distritos con creación más antigua es la referida a los siguientes que están ubicados en el Cusco: Yanaoca y Pampamarca, en la provincia de Canas; Maranganí, en Espinar; y Condoroma, Coporaque y Pichigua, en Espinar. Esta creación se produjo -según registra Carmen Lozada, y es un hecho aceptado oficialmente por  esos pueblos-  por Ley de 29 de agosto de 1834 (es decir, después de publicada la Guía de Forasteros tantas veces citada, que es de 1833), que es la Ley Reglamentaria de Elecciones dada al amparo de la Constitución del 16 de junio del referido año. Posteriormente, el 2 de mayo de 1854, fueron creados, por Ley dada por don Ramón Castilla, sesenta y cuatro distritos en el Departamento de Puno, entre los cuales están Ayaviri, Ananea, Pichacani, Cupi y Macavi, Huancané, Zepita, Ilave, Umachiri, Arapa y Putina.


Una gran cantidad de otros distritos a nivel nacional fueron creados por leyes dadas en el siglo XX. Y hoy –siglo XXI-, en el mes de setiembre del 2013, acaban de  ser creados dos, Canayre y Anchihuay, en Ayacucho. Pero la gran mayoría aparece ante los ojos de todos como creados del 2 de enero de 1857. Así está aceptado. Ese es –como diría Tarazona- el hecho admitido.


Cabe, como razón para ello, la explicación que ya he dado: Un distrito, como también lo es una provincia, no solo es un área geográfica con pobladores o una simple denominación, sino, repito, una jurisdicción, es decir un territorio con gobierno, con autoridades; eso es lo que le da la categoría correspondiente. El gobierno en tales circunscripciones es ejercido por las municipalidades. Un distrito, para ser tal, debe estar legítimamente constituido, es decir, estar en condiciones de funcionar como tal, política y administrativamente.


Por ello, aun habiendo indicios de que Pallasca como distrito habría sido creado antes, lo cierto es que el 2 de enero de 1857 es la fecha que por razones legítimas debe ser considerada como el día de su creación política, porque el Decreto dado entonces por el Presidente Ramón Castilla, al simple nombre de Distrito que, según se desprende del documento antes reseñado y transcrito, ya habría tenido Pallasca, le otorgó la respectiva categoría jurídica con absoluta plenitud, al disponer que "en conformidad de la ley orgánica de 29 de noviembre último, habrá Municipalidades en los lugares y con el número de miembros expresados a continuación”. Uno de esos lugares fue Pallasca, a cuya Municipalidad se le asignó legalmente ocho miembros. Se efectivizó, así, la creación de "las primeras Municipalidades, establecidas por la Constitución", como reza la parte considerativa del Decreto. (Si alguien tiene información de que Pallasca adquirió la categoría de Distrito en otra fecha, convendría que lo demuestre con pruebas fehacientes).



10.

En Pallasca, desde hace algún tiempo, se viene celebrando, y aquí en Lima se hizo una vez, en 1998, el aniversario de Pallasca, el 7 de octubre. En Lima, la celebración fue –se dijo textualmente- por el “centenario de la ciudad de Pallasca”; allá en nuestro pueblo, en cambio, se viene haciendo (según disposición de la Municipalidad), porque se ha asumido que el 7 de octubre es la fecha de “aniversario de creación del distrito”.  En torno a esto, el 3 de enero del 2012 tuve a bien publicar en la Internet un artículo en que dije lo que aquí procedo a transcribir:
Le que eleva a la categoría de Ciudad
 a la Villa de Pallasca


El 7 de octubre correspondería probablemente al aniversario de la elevación de la Villa de Pallasca a la categoría de ciudad. No es el aniversario del distrito como tal. Las celebraciones de Pallasca como ciudad -que son justas, legítimas y convenientes- si nos atenemos en rigor a lo que es real, debieran involucrar a los pobladores del área urbana de Pallasca en la que se encuentran los barrios de Quichuas, Guagalbamba, Checras, Toronga, Chalacmalca y Chaupe. Porque, para decirlo con la más simple de sus acepciones, ciudad es "lo urbano, en oposición a lo rural". Y en el caso de Pallasca, la ciudad no incluye a Llaymucha o Shindol, ni a los demás anexos o caseríos y mucho menos a los parajes como Callanga, Tambamba, Paranshyam, etc.. Ciudad es, pues, para circunscripciones como la nuestra, en que se dan lo urbano y lo rural, un concepto excluyente. Tiene mucho de honorífico, pero su significado es un privilegio que no envuelve a todo el distrito. El distrito propiamente dicho es más amplio porque se trata de una demarcación política y administrativa cuyos límites están dados por aquella línea cerrada e invisible que lo separa de los otros distritos; y aquí sí está "lo urbano y lo rural": los seis barrios, además de Shindol, Llaymucha, Cuymalca, Culculbamba, Huachaullo y Paccha y todos los parajes. La autoridad municipal y todos nosotros, por ello, debiéramos impulsar de modo más significativo (…)  la celebración, como se merece, del aniversario de creación política de nuestro distrito, porque esto corresponde, en buena cuenta, al cumpleaños de Pallasca.”




11.

CONCLUSIONES

1: Por falta de prueba documental, resulta imposible determinar cuándo exactamente fue creado el Distrito de Pallasca.


2: Es razonable, sin embargo, suponer que su creación pudo haberse dado durante la década de 1840. Esto lo digo en consideración a un documento de la época que avala tal presunción; pero no hay pruebas indubitables para corroborarlo.


3: Un Distrito es más que un nombre, incluso más que un área geográfica con pobladores. Para serlo debe tener, además y sobre todo, la categoría política y administrativa correspondiente.


4: Un Distrito no solo es la parte urbana de una determinada jurisdicción o área geográfica; es también las zonas rurales: anexos, caseríos, parajes. Ciudad no es sinónimo de distrito.


5: Un Distrito tiene la categoría de tal cuando está legítimamente constituido, es decir, con las condiciones para funcionar como corresponde, política y administrativamente: con institución de gobierno y autoridades y con el mecanismo electoral pertinente.


6: Pallasca asume esa categoría a partir del 2 de enero de 1857, con la dación del Decreto firmado por Ramón Castilla, que crea la respectiva Municipalidad, con ocho miembros, y da las disposiciones básicas para los procesos eleccionarios. 


7: Por lo dicho, es esa fecha, el 2 de enero de 1857, la que debe ser considerada como la fecha en que Pallasca se convirtió, legalmente, en Distrito.


8: ¿Cuándo debe conmemorarse el aniversario del Distrito de Pallasca? No el 7 de octubre, pues esta sería la fecha de la elevación de la villa de Pallasca a la categoría de ciudad, que se dio en 1898; no de creación del Distrito. Tampoco el 12 de noviembre, que corresponde al día en que fue dada la Constitución de 1823, ya que los mandatos de esta para entonces se encontraban suspendidos.


9: El día que, legítimamente y por corresponder a la única referencia histórica y jurídicamente válida, debe ser admitido como la fecha conmemorativa de la creación del Distrito de Pallasca, es el 2 de enero. Y, como tal, es cuando debería celebrarse el aniversario.












 

¿NADINE HEREDIA SERÁ CANDIDATA EL 2016? ALGUNAS REFLEXIONES

¿Nadine Heredia será candidata el 2016? ¿Qué, todavía alguien duda? Yo creo que Nadine sí va a ser candidata. Algunos cándidos analistas (o creo que todos) y otras personas más son quienes han entendido, equivocadamente, que las declaraciones de la señora Heredia significaban un no rotundo. Falso de toda falsedad. Nadine Heredia nunca dijo "no voy a postular". Revisen bien todas las respuestas que dio al respecto y se darán cuenta. Lo último que dijo (5 de julio de este año) fue esto que alegró a todo el mundo: "...por lo tanto estoy negando la posibilidad de postular en el 2016". ¿Saben qué es lo que significa tal cosa? Simplemente que sabe que hay obstáculos legales (o, como expresó, "instituciones" que "son las reglas de juego" que hay que respetar). Eso, solamente eso. Y, como todos conocen, respetar a las instituciones no es lo mismo que admitir que son inamovibles. Si se presenta la necesidad de modificarlas pues se las modificará (echando mano, claro está, a los mecanismos legales, legítimos y democráticos -es decir, respetuosamente-, uno de los cuales es -qué duda cabe- la llamada "interpretación auténtica", o la resolución que pudiera dar el Tribunal Constitucional. Es decir, hoy, faltando unos meses para finalizar el 2013, todavía no es tarde para que las condiciones terminen dándose. Paciencia, paciencia. Y ya veremos, señores. ¿Querrá la Primera Dama echar por la borda tanto esfuerzo desplegado en lo que es, quiérase o no entender, una temprana campaña presidencial? Yo creo que no. ¿Postulará? Yo estoy seguro que sí.

La prohibición está en la Ley Orgánica de Elecciones (26859): "Art. 107,e. "No pueden postular a la Presidencia o Vicepresidencias de la República: El cónyuge y los parientes consanguíneos dentro del cuarto grado, y los afines dentro del segundo, del que ejerce la Presidencia o la ha ejercido en el año precedente a la elección.”

Pero el asunto, es este: La Constitución Política, que es la "Ley de Leyes", no prohíbe a una "Primera Dama" ser candidata y, como tal, poder ser elegida para la primera magistratura de la Nación. Dice, en primer lugar, que los ciudadanos tienen, conforme a ley, los derechos de elección", etc. (Art. 2º, 17) y, en segundo lugar, más específicamente, "el derecho de ser elegidos y de elegir libremente". Señala la Constitución que ese derecho debe cumplirse, "conforme a ley" o "de acuerdo con las condiciones y procedimientos determinados por ley orgánica". "Conforme a ley" o "de acuerdo con las condiciones o procedimientos", no significa "con las prohibiciones que señale la ley". Lo que dice la Constitución es, en otras palabras, "cómo debe hacerse" y "cuáles son las condiciones necesarias". Y, como sabemos, la condición básica y necesaria, es ser ciudadano hábil (es decir, no estar incurso en lo que dispone el Art. 33 de la Constitución: con ciudadanía suspendida por resolución judicial de interdicción, por sentencia con pena privativa de libertad o sentencia con inhabilitación de los derechos políticos). Esta, probablemente entre algunas otras, es la situación que se presenta en el plano legal.

La posibilidad de postulación de la Primera Dama está, pues, en la interpretación que se le dé a la disposición constitucional o a lo que, en el caso no negado de presentarse un recurso, señale mediante sentencia el Tribunal Constitucional. Una de las posibles razones sería esta: la esposa del Presidente no tiene cargo público y como tal no existe alguna incompatibilidad que la impida postular, como sí ocurre con militares y policías, ministros, viceministros y otros funcionarios públicos.

miércoles, 30 de octubre de 2013

JUNTO A LOS TRES TOMOS EMPASTADOS DE EL QUIJOTE

1.

Para que nadie en casa advirtiese mi desacostumbrada tardanza, no intenté ingresar por la puerta; lo hice saltando la cerca que separa al patio de la huerta de calabazas. El perro guardián había muerto una semana antes, de viejo; su ausencia, por tanto, me otorgó el silencio cómplice que necesitaba.

Previamente, en una acequia cercana cumplí con lavar la prenda y, ahora, exprimida y sacudida la extendí sobre la alfalfa seca que en el cuarto contiguo a mi dormitorio se guardaba para los asnos.

Y me fui a dormir.

 

2.

(Disculpa, voy a devolvértelo limpio. No te preocupes. Espérame a las siete en el mismo lugar. Ojalá no vuelva a llover. Hasta mañana.)

 

3.

(Guareciéndonos, el techo parecía crecer en la medida en que, agujereada como colador por los luceros, la noche extendíase sobre las casas grises del pueblo. Era nuestra compañía el inagotable murmullo de ranas y grillos acompasando el curso melodioso del arroyo.)

 

4.

(Quise destruir la distancia que, lo supe, era ínfima entre nosotros pero nos hacía habitantes de hemisferios distintos. Y me acerqué a besarte. Éramos niños aún: nuestros quince años recién comenzaban a caminar. Torpe, te cogí bruscamente de los brazos y te disgustó mi comportamiento: nunca antes varón alguno había hecho lo mismo contigo. Forcejeamos, vacilamos, perdimos el equilibrio y ambos, absurdamente, caímos sobre el suelo mojado. Y acabó la lluvia.)

 

5.

-¿De quién es esto?

Un golpe en la puerta me despertó y tras incorporarme para buscar un fósforo y encender la vela, apareció mi tía alumbrando la habitación con un lamparín de kerosene. Antes de preparar el desayuno para don Matías, encargado de ir al monte a traer leña, entró a sacar un poco de pasto para los animales y se dio con la sorpresa.

-No lo sé –respondí estúpidamente, quitándome la legaña que me impedía la visión-, lo he encontrado sucio en la calle.

Luego de introducir en mis ojos una mirada amenazante, se retiró.

Eran las cuatro y media de la madrugada.

 

6.

(Sus dueños se alejaron del pueblo hacía muchos años y no volvieron más. Salvo un pariente cercano que cuando estuvo en Lima recibió el encargo de cuidar que en épocas de lluvia no se produjeran goteras, nadie ingresó en ella por más de quince años. Fue construida en una esquina formada por la calle principal que en subida conduce a la zona en que ahora se encuentra el reservorio de agua potable y por la que más bien es un camino que desaparece entre el follaje que oculta las ruinas de una casa inconclusa que era usada como letrina. La familia era numerosa y por eso don Gilberto, el padre, le dijo al maestro constructor: “Necesito una casa con cuatro dormitorios amplios, una sala de recibo, una cocina con comedor paran los días de semana, otro comedor para los invitados en días de fiesta, una biblioteca y un depósito para víveres”. Y así fue construida. Las autoridades del pueblo decían: “Es la más apropiada”. Y, en efecto, lo fue. Y allí comenzó a funcionar el Colegio.)

 

7.

-¿De quién es esto?

¡Otra vez esa pregunta! Llegué a creer que lo ocurrido en la madrugada no había sido más que un sueño y por ello, despreocupado me fui a estudiar. Esa voz, la de ahora, ronca y rotunda, y el rostro ruborizado de Margarita, me demostraron lo contrario. Mis manos comenzaron a sudar y un insoportable hormigueo recorría mi espalda. Cuando vi lo que el Director mostraba a los alumnos mientras repetía la pregunta, sentí que la realidad me aprisionaba como a fiera acosada.

Nadie respondió, solo se miraban entre sí.

Cuando en la puerta, después del Director, se presentó mi tía, todos los ojos parecieron dispararse como fuego graneado sobre mí. El desorden emocional iba a empujarme al llanto, y para evitarlo, rascándome la cabeza me puse a mirar fijamente a la pizarra.

El Director y también el profesor de turno y mi tía, por insinuación de aquél, hicieron como que no advertían la situación y se fueron a la Dirección. Evidentemente una complaciente bondad y conmiseración hizo su conveniente aparición.

La  clase, sin embargo, quedó convertida en una suerte de manicomio: carcajadas, comentarios diversos, alusiones indirectas, insolencias. “Qué tal jodienda, diles algo”, me sugería Zenón. Y yo no sabía qué decir, qué hacer. Margarita, pálida, parecía alimentar una poco común indignación.

La prenda, lo constaté después, quedó en el estante de la Dirección, junto a los tres tomos empastados de El Quijote.

 

8.

(Se decía que por falta de rentas. Hasta la fatal resolución, se mantuvo con dinero aportado por los padres de familia a través del Municipio. Sin embargo, las gestiones para su oficialización seguían adelante o, mejor dicho, continuaban. No se logró nada. El resultado: puertas cerradas, ventanas polvorientas, telarañas pegadas a las pizarras escondiendo alguna fórmula matemática o frase en inglés que no fueron borradas a tiempo. Todos, o casi todos, tuvimos que emigrar para culminar la secundaria.)

 

9.

(Cursabas, como yo, el cuarto de media. Ocupabas un asiento de primera fila: siempre apta a responder con acierto. Yo, en cambio, me sentaba al final, detrás de las anchas espaldas de Zenón que me servían de  burladero para esquivar las preguntas de los profesores, pero aún así el profesor de matemáticas no se perdía la ocasión de hacerme pasar vergüenza en la pizarra.)

 

10.

Lucho y yo, Por insinuación de un amigo suyo, ingresamos en el irremediable y hediondo mundo de la ruda macho y el esperma abombado: el “Tres cabezas”, lenocinio ubicado en las afueras de Chimbote. Allí, mi primer encuentro se produjo con “La chilena”, una morena esbelta que en realidad era tacneña, según me confesó. La visitaba cada quince días, siempre en compañía de Lucho. Pero cierta vez se me ocurrió ir solo y ya no la encontré. Alguien dijo por ahí que “se había jubilado”. Sin comprenderlo pero con una nostalgia que hasta ahora no me la explico, salí del lugar con las manos metidas en los bolsillos del pantalón. Cuando volví la mirada para contemplar por un rato la luz roja de la entrada, violentamente alguien me abofeteó el rostro arranchándome seguidamente mi reloj pulsera en cuya esfera estaba pintada la Virgen de Copacabana.

Lucho, a quien conocí en el San Pedro mientras cursábamos ahí el quinto de media, me dijo: “Ya ves por no pasar la voz”. Y, claro, no volví a pasarle la voz para ir a ese lugar. Y tampoco, nunca más, volví a ir.

 

11.

(Me olvidé de ti, Margarita, y de tu inocencia y del barro y la lluvia. Porque Chimbote me obligó a ello, porque es distinto: olor de pescado, cerveza y burdel. Y crueldad.)

 

 12.

Cuando cumplí los 17, trabajaba como electricista arreglando instalaciones a domicilio. Lucho ayudaba a su hermano en la venta de artefactos eléctricos en su tienda del jirón Balta. Ya teníamos enamorada: él a Rocío, que vivía en Buenos Aires; yo a Enriqueta, de Laderas del Norte. Eran descocadas, según algunos comentarios. Pero como vacilón qué importa, decía Lucho y yo, perverso, le daba la razón. Como era de esperarse, esas relaciones no duraron mucho: Enriqueta se casó un mes después de terminar conmigo y se fue a vivir a Coishco; Rocío viajó a Trujillo a trabajar en un hotel.

El día de mi cumpleaños, Lucho me invitó una cervezas. “Para que veas cómo te estimo, hermano”.

 

13.

-Pucha, cómo la quería, hermano!

Mientras el mozo destapaba las botellas que pidió Lucho, Gerónimo, a quien hacía un rato habíamos conocido en la cantina, continuó con su relato.

-Quería ser enfermera y trabajar en su pueblo, porque tenía la esperanza de que la posta médica dejase algún día de ser lo que aún era: solo cimientos. Pero su colegio desapareció, y por falta de recursos ella no pudo ir a otro pueblo a continuar sus estudios secundarios.

-¿Y qué pasó? ¿La has visto últimamente?

-Hace un mes. Estuve en su pueblo. Salí con ella al campo. Conversamos animadamente sentados sobre la hierba y de pronto un fuerte dolor la estremeció. Sobre su muslo izquierdo una araña negra con pinta roja le había clavado su aguijón. La llevé al pueblo. Nadie pudo hacer nada.

-Entiendo. Ahora está muerta, ¿verdad?

Gerónimo asintió y de su portadocumentos sacó una fotografía. Cuando iba a mostrárnosla un brillo familiar salto a mis ojos desde su muñeca izquierda: era la Virgen de Copacabana, sobre la esfera del reloj que me regaló mi padre.

Con un pretexto cualquiera y con lágrimas en los ojos salí de la cantina después de reconocer el rostro de la mujer, retratado en aquella fotografía.

                                                                                                                   

14.

(Después de varios años volví a mi pueblo. Estuve cuatro días. No encontré a mis amigos de colegio. Ni la llegada esporádica de algún vehículo despertaba de la modorra a los pobladores. La Plaza principal, otrora motivo de admiración de los forasteros, estaba convertida en un desastre. La escuela primaria dejó de ser el segundo hogar de los  niños: se acabó el ambiente cálido de otros años y el desorden destruyó su imagen ejemplar. Los trigales estaban ahogándose por falta de agua. El pueblo era una prolongada tristeza.)

 

15.

-Hábleme del Colegio, por favor.

El señor a quien le preguntaba, sin responderme se levantó del asiento y se alejó por la calle que da al cementerio. Pregunté a otro señor, vestido de negro, y él al reconocerme, se alegró y me conversó por más de una hora recordando sus buenos tiempos. Finalmente, me entregó un llavero. “Anda, hijo. Recordar es recuperar lo perdido”. 

Gracias a ese impulso y al llavero, logré abrir de par en par el portón de lo que fue mi colegio. Ingresé lentamente en la habitación abandonada que fue usada como Dirección. Terriblemente bella sensación la que experimenté. Al fondo, detrás de la luna polvorienta del estante,  los tres tomos empastados de El Quijote descansaban sin que nadie se hubiera atrevido a tocarlos. Junto a ellos dormía, doblado en cuatro, el rebozo que nunca devolví, con el aroma ya muerto de Margarita, mi primer amor serrano.

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Escrito en 1975
                                                                      

viernes, 25 de octubre de 2013

LOS GRITOS DE JUAN CRISTÓBAL: UNA CARAJEADA A LA INDIFERENCIA

En mayo del año pasado, durante el homenaje que Encuentros Arguedianos le hizo a Juan Cristóbal, en el local de la Asociación Guadalupana, dije algo que hoy quiero repetir. Dije que no sé si hay pocos o muchos como él, pero de lo que sí estoy seguro es de que es un poeta libre, auténticamente libre, pero al mismo tiempo voluntaria y felizmente sometido, no a una dictadura o a otro tipo de voluntades perversas, sino al bendito poder de aquella maldición que, claro, puede causar dolor pero también regocija, aprieta pero nunca estrangula, presiona pero jamás hunde, más bien eleva: la poesía. La poesía que, sobre todo, libera.

Juan Cristóbal afirma que “poesía, existencia (o realidad) y vida son un hecho único e inseparable”. Sin embargo (ahora repito lo que dije en julio del 2011 cuando fueron presentados sus libros Kafka y Hórridas mañanas), a mí me parece que entre él como persona (Juan Cristóbal o José Pardo del Arco –su nombre “de pila”-, como queramos llamarlo) y su poesía (me refiero a la última que ha escrito y publicado) existe una suerte de divorcio, de distanciamiento. El Juan Cristóbal que yo conozco –a pesar de su aún persistente espíritu rebelde y contestatario- es un hombre altamente sensible y fino; conversar con él es como asistir a una ceremonia en que se rinde culto a la paz y, diría sin exagerar, a la ternura. Su poesía, en cambio, es ruda, inconsiderada, crispada y me atrevería incluso a decir que es cruel. La relación entre Juan y el mundo que lo rodea -según confiesa- es confrontacional, pero no con la poesía.

Sin embargo, a veces es medio hosco con ella y se muestra como el poeta probablemente más irreverente que he conocido. Esto, creo yo, porque está convencido –como yo lo estoy también- que la tarea, a veces dulce y a veces dolorosa, de escribir poemas no se debe a un soplo divino ni mucho menos a que el poeta sea una suerte elegido de los dioses. Por ello es que su irreverencia, en olor de libertad, le da la licencia para mostrarle la lengua a la poesía y llamarla, con ironía y lamento, “hija de la guayaba y de la pena” o de reprocharle por ser exigente (“me exiges sacrificios”, le dice, “mientras tú Poesía/ bien gracias/ bebiendo como una idiota”).

Sensible, como es, Juan  Cristóbal, golpeado por la rudeza malvada del drama de  nuestro pueblo, hizo que su poesía fuese no una lágrima sino un grito.
                                                                                                       
Su escritura, escribió Alberto escobar, “se alimenta de vivencias refraseadas por el soplo imaginario y por el recuerdo o la fábula ligados a la experiencia directa o de fuente literaria, en franca voluntad testimonial”. Para corroborar esta caracterización basta con citar algunos de los bellos versos dedicados al poeta chileno Jorge Teillier: “En fin / mi querido amigo mi viejo rincón / habría mucho de qué hablar y eso seguramente nos llevaría a una taberna de nombre conocido / para soñar con los Parques Infantiles y con las mañanas y los tres en la lluvia…” Luis Hernán Ramírez, señaló que es “poesía de la luz y los colores”. Es cierto, y hay que apuntar que esta luminosidad, es, en buena cuenta, sinónimo de riqueza expresiva, de nutricia densidad idiomática, de fecunda imaginación poética, que aunque son conceptos exultantes, elevados, positivos, no implican precisamente júbilo, regocijo; es decir, no se emparientan con el goce.

La riqueza expresiva se ha mantenido siempre en la poesía de Juan Cristóbal. No podemos negar, ello no obstante (al menos es lo que yo he visto) que hay una notoria opacidad en cuanto se refiere a la percepción que tiene del mundo que lo rodea, de la realidad. No es arbitrario que haya elegido como títulos para dos de sus más significativos poemarios, “Hórridas mañanas” y “Kafka” (Arteidea, 2010), y para el que hace poco salió a la luz “Cuaderno de las desilusiones” (Arteidea, 2013).

Hórridas mañanas” es un título terrible. La mañana que es o debiera ser sinónimo de apertura hacia la luz, es presentada por Juan Cristóbal como algo que merecería en cierto modo rechazo (hórrido es horrendo, espantoso, monstruoso); en lugar de claridad, aquí nos anuncia sombras, en vez de dicha nos ofrece desazón. “Kafka”, aparentemente no tiene nada de espantoso como título, pero –igual- es demasiado expresivo, como para no darnos cuenta de lo que trae consigo: una alusión a la perpetua y descabellada condena a que estamos sometidos en un juicio tortuoso y laberíntico y a las circunstancias deshumanizantes que nos envuelven y que tratan de convertirnos en insectos. Y, finalmente, el título “Cuaderno de las desilusiones”, nos releva de comentarios o de interpretaciones: es demasiado elocuente.

La poesía de Juan Cristóbal está inspirada en la experiencia medio infeliz de vivir en el Perú. No podemos negar, sin embargo, que es –como ocurre con toda buena poesía- un testimonio existencial que involucra a todos, que atañe a la realidad del mundo contemporáneo en su integridad y expresa el impacto que esa realidad genera en el alma humana.

Es poesía del desencanto, la desesperanza y el absurdo, pero creo que no es evidencia de hundimiento espiritual ni de una voluntad autodestructiva. Es, sobre todo, denuncia y, como dije al principio, un grito. 

Y un grito prolongado es lo que se lee (se escucha, diría mejor) en el libro que ahora presentamos. Su título, precisamente, es eso: “Gritos” (Arteidea, 2013), pero, tengo que repetirlo, se trata de un solo grito. De voz desgarrada. Un grito que -a la manera muy propia de nuestro poeta, es decir, desmesuradamente- se expresa como una tempestad, como una lluvia con la que se precipita el cielo; rayos, relámpagos, truenos; granizo; olas encrespadas. Pero no es desesperación o lamento. Es impotencia. Y un torrente de furia. Pero no precisamente por el propio sufrimiento, sino, tal vez, por el sufrimiento de todos los que “no solo heredamos bienes con la muerte, también rostros, gestos como espumas de hielo, cortando la noche, destrozando ciudades, corazones llenos de huecos…” (Poema E-1)

Este libro fue escrito (al menos, supongo, la mayor parte) en la cárcel, a donde fue a caer unos años después de haber cometido, según cuenta su autor, el delito de querer “expropiar” (ese era el término empleado por él mismo) las arcas de un banco para apoyar las acciones guerrilleras del denominado Movimiento de Izquierda Revolucionaria, MIR. Ese encierro, que fue casi una inmolación, se dibuja creo que metafóricamente con los paréntesis que encierran cada uno de los poemas escritos en prosa. Y por ello es que el grito prolongado que aquí se presenta, a pesar de lo estruendoso que es, parece rebotar en las paredes y el techo y pugna por salir y anegar los corazones.

Y es necesario apuntar una cosa. A pesar de las circunstancias que vivió y a pesar de las razones o motivos que lo empujaron a experimentar esas circunstancias (me refiero al encierro), la poesía que entonces escribió y que recién hoy es dada a conocer en forma de libro, nada tiene que ver con propósitos o formas panfletarias. Es, pues, poesía. Poesía decente, aún a pesar de algunos, poquísimos, desbordes extremadamente rudos y acaso innecesarios y probablemente injustificados, como estas dos interrogantes que aparecen en el Poema F: “¿y tú qué mierda me miras, vida?”, “¿…por qué chucha nos cagas?”. Pero, en fin, también tenemos peruanísimas, y bien puestas, expresiones como esta: “allicito nomás trato de descubrir estos estropicios llenos de cuajos desbordados…” (Poema B)

Nuestro poeta podría haber hecho -y hubiera sido legítimo que lo hiciera- de los poemas que escribió en la prisión una suerte de alegato en favor del movimiento guerrillero con el que simpatizaba (aunque ya para entonces, 1968, había sido apagado), una apología de la violencia revolucionaria. Pero no. Prefirió, más bien, el reclamo airado, la protesta insobornable, contra todo aquello que hace que la vida de todos sea una injusticia permanente, laberíntica, sin fronteras; en una palabra: kafkiana. Por ello, Juan Cristóbal nos dice, en el poema G-1: “y cuando gritas, como una memoria sin ciudades, lo haces como un puñal atravesando la sangre de la espina, las noches pisoteadas de los golpes, el ladrido imperfecto de las lágrimas podridas…”

Pero los gritos o, digo mejor, el grito de Juan Cristóbal no está expresamente motivado por algo que pudiéramos determinar. Nos aventuraríamos a afirmar que es la rabia o acaso la angustia, por el encierro que tuvo que sufrir en una cárcel del Perù (“ah, meses de hierro, rejuveneciendo todas las condenas…”, dice en uno de los poemas), pero no. Se trata, repito, de la indignación causada por lo injusto de la vida, contra “el delito de los grandes animales con sus culpas poderosas tan llenas de cansancio” (Poema I). Es (absurdo o paradoja) la experiencia del odio contra “ese hueco carcomido y malogrado del odio” (Poema D).

La poesía de Juan Cristóbal, la de este libro en particular quiero decir, carece de un referente geográfico o temporal específico; fue escrita en el Perú, pero no hay razones para ubicarlo exclusivamente dentro de nuestras fronteras y tampoco podríamos decir lo que Escobar dijo respecto de la poesía de Juan que él conoció, es decir: que está movida por una “franca voluntad testimonial”. Esta caracterización que, por lo demás, en muchos estudiosos de la literatura no responde más que a esa suerte de prurito sociologizante e historicista, casi siempre pretende enmarcar a la poesía en determinados límites espaciotemporales, como si de lo que se tratara fuera de crónicas periodísticas. Nuestro poeta, ayer nomás, dijo en su “muro” del Facebook que en sus libros Hórridas mañanas, Kafka y Cuadernos de las desilusiones el tema es  lo que significó el gobierno de Fujimori y Montesinos para el país y para la conciencia histórica y espiritual del país y del ser humano”. Sin ninguna duda eso debe haber sido lo que le movió a escribir la bella y ruda poesía de esos libros. Pero no. La poesía de Juan Cristóbal va más allá de la anécdota dramática y vergonzosa de la coyuntura política. Por eso es valiosa. La poesía, la buena poesía, es, esencialmente, la palabra del "tiempo sin fechas". Y eso es el grito, esos son los gritos de Juan Cristóbal

Grito puro, puro grito. Casi gutural. Alarido. Grito digamos “inespecífico”. No para el entendimiento “intelectual”, sino para causar sensaciones. Poesía expresionista. Y, ahora, nada testimonial. El autor sabe por qué grita, nosotros los lectores no; solo lo intuimos o tratamos de intuirlo, o, en buena cuenta, nos esforzamos por atribuirles a estos gritos o una explicación o una razón (o motivo o causa).

Para ilustrar alusivamente la carátula de su libro, Juan Cristóbal eligió el grito poco expresivo y digamos casi apagado de Guayasamín, que más parece una expresión de dolor o de pánico; sin embargo, los gritos de esta rotunda poesía son, más bien, como el terriblemente bello, desgarrador, desconcertante y estentóreo Grito que pintó el noruego Edvar Munch. Pero, bueno, en un libro de poesía la carátula solo es un prescindible accesorio: la poesía es la que dice, suena, golpea, acaricia o conmociona. O, como en este caso, grita.

Luis Alberto Sánchez dijo, en el prólogo que escribió para La casa de cartón la bella novela de Martín Adán, que lo hacía como “testigo y portacirios”. Juan, en broma, me dijo que esta presentación la hiciera como abogado defensor. Tengo que declarar, sin embargo, que no he venido con ese propósito; estoy aquí, más bien, para declarar una cosa: que nuestro poeta está absuelto, pero no por decisión de algún juez o tribunal, sino por la poesía; porque la poesía es para eso: para absolver, de culpas, pecados y dolores. Para liberar. Y Juan, aunque no quiera creerlo, ya está absuelto, pues.

Y a nosotros nos toca ahora poner atención y escucharle, para darnos cuenta que estos Gritos que  también serán nuestros, son, virtualmente, una rotunda carajeada a la indiferencia. Leámosle y al leerlo nos podremos dar cuenta también, entre muchas otras cosas -y probablemente muy a su pesar-, que Juan Cristóbal, se equivocó completamente cuando en la nota escrita al publicar  "Final de vida", puso una sentencia, con la que nunca podré estar de acuerdo. Y hoy me atrevo a responderle sinceramente y con cariño: leer no es una cojudez.

25 de octubre del 2013