Circuló, hace poco esta pregunta: ¿fue un triunfo boliviano lo decidido por la Corte Internacional de Justicia de La Haya, en el sentido de declararse competente respecto de la demanda de salida al mar? Estos fueron mis comentarios en el Facebook:
“Claro que es un triunfo, porque lo que ha hecho La Haya, en esta primera etapa, es decidir respecto de dos planteamientos contrarios propuestos por las partes: Bolivia interpuso la demanda porque consideraba que el Tribunal Internacional era competente para conocerla, y Chile objetó esa competencia. Los jueces le han dado la razón a Bolivia. Ha ganado, pues. Pero no estamos frente al asunto de fondo aún. Eso se verá en el proceso mismo; Bolivia expondrá los argumentos que sustentan su demanda, y Chile hará lo propio, como demandado, para defender su posición de rechazo a la pretensión del país altiplánico. En La Paz están celebrando en estos momentos y hasta hay llantos de felicidad, Muy temprano todavía. Esperar. Esperar.”
“Pero ya ayer han celebrado, hasta con lágrimas a raudales.”
“Y lo chistoso es que, no solo la gente movida con arengas y populismo, sino profesionales y se entiende que también juristas bolivianos sienten que ya tienen ganada la demanda solo porque la Corte se ha declarado competente (un tema formal, nada más), sin que aún se haya tocado el asunto de fondo, real.”
Tratado de 1904. Artículo 6º. "La República de Chile, reconoce a favor de la de Bolivia y a perpetuidad, el más amplio y libre derecho de tránsito comercial por su territorio y puertos del Pacífico."
“Claro. ¿La Corte podrá modificar eso?”
“Los artículos 2° y 6° son clarísimos. Definitivos. Inmodificables. La demanda boliviana aparentemente pretende la modificación de lo acordado en el segundo artículo citado, que "reconoce a favor de Bolivia y a perpetuidad, el más amplio y libre derecho de tránsito comercial POR SU TERRITORIO Y PUERTOS (territorio y puertos de Chile) del Pacífico"; es decir, no espera (como señala la segunda parte de ese artículo) "la reglamentación conveniente para asegurar, sin perjuicios para sus respectivos intereses fiscales, el propósito arriba expresado", sino la dación de una ley (en este caso una sentencia de La Haya) que le dé territorio o puertos en propiedad. Por qué digo esto, porque Bolivia (esto lo hemos escuchado hace bastante tiempo) quiere que se materialice una "promesa" hecha por Chile. Esta promesa es la que fue hecha en un tratado (tengo entendido que secreto y, además, no ratificado por Bolivia) en 1895 por el que Chile se comprometió a entregar a Bolivia las provincias cautivas de Tacna y Arica. Pero, en fin, sea como fuere, dependerá del fallo que en su oportunidad, y luego de analizar meticulosamente la situación, emita la Corte Internacional, al final del proceso. Esperar, esperar.”
“La demanda boliviana, entre otras cosas, se sustenta en el hecho de que "Chile admitió la necesidad de ceder a Bolivia un acceso plenamente soberano al océano Pacífico"; se refiere a varios tratados firmados el 18 de mayo de 1895, "Uno de ellos especialmente importantes en este sentido, el Tratado Especial para la Transferencia de Territorio", Esto está dicho en los puntos III,13 y V.32 de la demanda. Y, bueno, los artículos 2° y 6° del Tratado de 1904, que son sumamente claros, no se refieren a la cesión de territorio (y ni siquiera al "acceso plenamente soberano") sino, solamente al "más amplio y libre derecho de tránsito comercial" de Bolivia por el territorio y los puertos de Chile. En una palabra: Bolivia exige que Chile cumpla una promesa, nada más (la demanda se funda en esa promesa, como un hecho, y en ninguna parte expone un argumento legal).”
¿Puede La Haya, o algún otro tribunal judicial, obligarle a Chile a cumplir aquello que solo fue una promesa? No